COMISIONES DE TRABAJO
Las funciones de esta comisión incluyen (1) bregar por la obligatoriedad de la matriculación de todos los profesionales alcanzados por la ley 1028/87, (2) recibir opiniones y consultas de los matriculados, y (3) estudiar cambios en los valores de la matriculación y costo mensual del ejercicio profesional.
Esta Comisión trabaja en (1) el listado de tareas a realizar por los matriculados, (2) mantener actualizado el valor de la unidad definida para el cálculo de los honorarios mínimos sugeridos y (3) escuchar las opiniones y las dificultades de los matriculados al respecto.
Esta comisión se encarga de negociar convenios con entidades, tanto públicas como privadas, para (1) acordar descuentos en los costos de cursos, capacitaciones, productos, servicios, etc.; (2) ayudar a la formación y perfeccionamiento de recursos humanos: (3) organizar eventos y (4) colaborar en la formulación de actividades (de carácter científico, docente, asistencial y/o de divulgación).